“También la lluvia” es una película de Icíar Bollaín, cuyo argumento es, muy
resumidamente, el siguiente:
Con fecha 18.07.2013, aniversario del golpe de Estado de 1936, el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) remitió a la CNE un escrito, al que va adjunta la Propuesta de Real Decreto por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, la cual tuvo entrada en la citada Comisión el mismo día.
El Real Decreto afecta “a los consumidores de energía eléctrica de potencia contratada no superior a 100 kW por punto de suministro o instalación, que instalen en su red interior una instalación de generación de energía eléctrica destinada a su propio consumo”.
Es decir, el Real Decreto afecta a los usuarios que tengan instalados paneles fotovoltaicos que viertan la energía en la red eléctrica de la vivienda, para el consumo propio. (Ver más >)
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Un equipo cinematográfico va en el año 2000 a Cochabamba, en Bolivia, para rodar una
película sobre la explotación a la que Colón sometió a los indígenas de dicho país.
Durante el rodaje, estalla la denominada "Guerra del Agua", en la que decenas
de miles de ciudadanos de Cochabamba se enfrentan al ejército y a la policía, en protesta
por la privatización por el Gobierno de
Hugo Banzer
del suministro de agua a la ciudad y la decisión de la empresa concesionaria, controlada
por la multinacional Bectel, de aplicar una brutal subida a los precios,
incluida el agua de lluvia. Es precisamente dicha decisión de cobrar también la
lluvia la que da título a la película.
Con fecha 18.07.2013, aniversario del golpe de Estado de 1936, el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) remitió a la CNE un escrito, al que va adjunta la Propuesta de Real Decreto por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, la cual tuvo entrada en la citada Comisión el mismo día.
El Real Decreto afecta “a los consumidores de energía eléctrica de potencia contratada no superior a 100 kW por punto de suministro o instalación, que instalen en su red interior una instalación de generación de energía eléctrica destinada a su propio consumo”.
Es decir, el Real Decreto afecta a los usuarios que tengan instalados paneles fotovoltaicos que viertan la energía en la red eléctrica de la vivienda, para el consumo propio. (Ver más >)